El Banco Central determinó que los saldos impagos de créditos no devengarán intereses punitorios

En el marco de la prolongación de la cuarentena obligatoria dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional hasta el 12 de abril, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) resolvió: en el caso de los vencimientos de tarjetas de crédito, los clientes de las entidades podrán cancelarlos el 13 de abril, sin ningún recargo. Desde ahora, la tasa de financiamiento no podrá superar el 49%.

También determinó que los saldos impagos de créditos otorgados por entidades financieras, cuyas cuotas vencen entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020, no devengarán intereses punitorios.

El miércoles 1 de abril de 2020 y, a través de la Comunicación A6949, también resolvió que las entidades financieras abrirán sus sucursales a partir del viernes 3 de abril sólo para la atención de beneficiarios de haberes previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o de aquéllos cuyo ente administrador corresponda a jurisdicciones provinciales o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o beneficiarios de prestaciones, planes o programas de ayuda abonados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) u otro ente administrador de pagos.

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sábado, 24 octubre, 2026

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