¿Quién es Milagro Sala?

Dirigente política, social e indígena, de 52 años de edad, líder de la organización barrial Tupac Amaru e integrante de la CTA.

Fue diputada provincial en la Legislatura de Jujuy, desde diciembre de 2013 a noviembre de 2015, y elegida para ocupar una banca en el PARLASUR (asamblea parlamentaria que funciona como órgano deliberativo del Mercosur).

El 16 de enero de 2016 es detenida por instigación a cometer delitos y tumultos y desde entonces permanece en prisión. Días después se la imputa por un delito mucho más grave y se la acusa de cometer fraude en perjuicio de la administración pública.

Se dispone su excarcelación por el primer delito pero, simultáneamente, se decide que continúe detenida por el segundo.

La cuestión que se debate es si Milagro es una presa política y si su detención viola los derechos humanos.

¿Qué es una excarcelación?

La excarcelación es el cese de la privación de la libertad de una persona y su puesta en libertad provisoria mientras se sustancie el proceso penal en su contra.

Es un derecho constitucional del imputado que se deriva de la presunción de inocencia que le asiste, según el cual una persona no puede ser tratada como culpable mientras no lo determine una sentencia condenatoria.

Pero no es un derecho absoluto, sino que se encuentra sometido a la reglamentación que establecen los códigos procesales penales de cada una de las provincias y que tienen en cuenta la peligrosidad del imputado y la posibilidad concreta de que, estando en libertad, altere u oculte pruebas que no lo benefician o exista la posibilidad concreta de fuga.

Esta reglamentación es sometida a un arduo debate tanto en la doctrina como en la jurisprudencia penal y lo sigue siendo en cada caso concreto que se presenta ante los tribunales.

En la República Argentina existe un solo código penal que rige para todo el territorio nacional y define todas aquellas acciones que se consideran delitos y fija las penas.

Pero cada provincia tiene su propio código de procedimiento penal que es el que organiza el proceso a que es sometida una persona imputada de un delito y que lleva a su condena o absolución.

Entidades como el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Amnistía Internacional, la Organización de los Estados Americanos (O.E.A.), el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas, representantes de diferentes naciones como España, Reino Unido, Alemania, Suecia, Irlanda, Portugal, Bélgica y otros le han pedido al gobierno argentino que la libere.

Pero ellos se refieren al primer delito y por este, Milagro, fue excarcelada hace tiempo. Reitero, ella está presa por un delito mucho más grave.

Cuando una persona se dedica a la política y no pertenece al partido gobernante siempre se la tilda de presa política. No es un preso común. La línea que separa lo público de lo privado es indefinida.

¿Qué diferencia existe entre la detención de Milagro Sala y la de Lázaro Báez? Pues la primera es una dirigente política y el segundo una persona común. ¿Acaso algún organismo internacional o país europeo protestó por la detención de Báez?

por Andrés Rosso, Abogado

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lunes, 16 febrero, 2026

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