Micaela García fue asesinada por Sebastián Wagner, puesto en libertad condicional por el Juez de Ejecución Penal de Entre Ríos Carlos Rossi.
Esa fue la horrenda noticia que conocimos en este mes de abril.
Pero ¿qué es un juez de ejecución penal?
Una persona comete un delito, es investigado por un Fiscal y un Juez de Instrucción y, luego de probarse la comisión del mismo, es sentenciado a una pena de privación de la libertad. La sentencia, una vez interpuestos los recursos que establece la ley, queda confirmada y firme, es decir, hay que cumplirla.
El delincuente es llevado a prisión y su situación pasa a depender de otro Juez, llamado de Ejecución Penal, que será el encargado de velar que la sentencia se cumpla, pero, al mismo tiempo, que se respete el derecho del delincuente.
¿Qué sucedió en este caso? Wagner, por dos violaciones en Concepción del Uruguay, fue condenado, oportunamente, a solo nueve años de prisión.
Un informe del Registro Nacional de Reincidencia dice que, pese a que el máximo de la pena por violación es mucho más alto (de 8 a 20 años según las circunstancias), el 80 % de las penas a violadores son menores a 10 años.
El juez recibió una serie de informes técnicos del cuerpo de peritos del Poder Judicial y del Servicio Penitenciario provincial que desaconsejaban otorgarle la libertad condicional a Wagner.
Sin embargo, desoyendo los mismos, en julio del año pasado, decide concederle ese beneficio y Wagner quedó libre, luego de haber cumplido cuatro o cinco años de la pena.
Cuando un Juez desempeña mal sus funciones, se lo somete a un Jury de Enjuiciamiento que deberá determinar si realmente el Juez actuó en forma incorrecta. Si es así, es removido de su cargo.
El Juez de Ejecución Penal puede, también, otorgar a un preso el beneficio de salidas transitorias de la cárcel.
En 2016, en la Provincia de Buenos Aires, 283 presos condenados se fueron de las cárceles gracias a esas salidas transitorias y jamás regresaron. Se convirtieron en prófugos.
En la Provincia de Santa Fe, un preso condenado a 37 años de prisión por homicidio, robo y toma rehenes, había obtenido salidas transitorias en julio de 2015 y nueve meses después mató a un policía en Rosario.
Es necesario el dictado de una ley para que los condenados por homicidios, robos con armas de fuego y violaciones no puedan gozar de salidas transitorias ni de libertad condicional.
Existe un anteproyecto de ley para reformar y actualizar el Código Penal en el cual hay consenso entre los juristas para que la libertad condicional no se pueda conceder a personas declaradas reincidentes.
El proyecto, además, dice que ese beneficio puede otorgarse a los condenados a prisión perpetua si los estudios preliminares así lo aconsejan y cuando hayan cumplido 35 años de cárcel y los sentenciados a reclusión, a los 40 años.
Se acordó, también, reducir los márgenes de discrecionalidad con los que los jueces de ejecución conceden las libertades condicionales.
La tendencia de lo que se busca es el efectivo cumplimiento de la ley penal.
Ahora bien. ¿Alcanza toda esta legislación para tratar el tema específico de los violadores?
Evidentemente no.
por Andrés Rosso, Abogado















