Un mal que no tiene fin: la discriminación

Discriminar al otro es una realidad cotidiana; la solución a este aberrante delito, a pesar de que hay leyes que condenan al discriminador, es aún muy lejana.
En los Estados Unidos, país que se supone muy avanzado en todos los aspectos, la discriminación al habitante de color está a la orden del día. ¡Recién en el mes de julio de 1964 (ayer nomás) se dictó un acta de derechos civiles que decía que el blanco y el de color tenían los mismos derechos!
La promulgación de la ley tuvo lugar porque una mujer de color llamada Rosa Parks se negó, en 1955 en la ciudad de Alabama, a dar su asiento a un blanco durante un viaje en ómnibus.
Cincuenta años después, ¡los estadounidenses tienen un presidente de color! Pero, si bien la historia es gratificante y muchos ciudadanos negros lloraron y se alegraron con la noticia y pensaron que la solución a la discriminación estaba al alcance de la mano, la realidad es que cada día la situación es más dramática: la desigualdad social y económica es creciente y abrumadora en perjuicio de los negros y también de los latinos, ambas comunidades tienen día a día menos patrimonio y menos acceso a la educación, a la salud pública y al empleo que los blancos. Y aunque residen 45 millones de negros, los índices de detención policial y encarcelamiento superan ampliamente al de los blancos.
En la Argentina no existe ese problema porque, simplemente, ¡no hay gente de color! Pero se discrimina a los habitantes del interior, a los de los países vecinos como Paraguay o Bolivia, a la mujer, al homosexual, al enfermo de sida, a los pobres, a los que opinan diferente, a los que creen en otro Dios, etc.
¡Quién no se sienta identificado con alguno de los nombrados que arroje la primera piedra!
En el mes de agosto de 1988 se dictó una ley llamada antidiscriminatoria, de sólo seis artículos.
El primero de ellos dice que quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionado.
Continúa diciendo que se considerarán las omisiones o actos discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.
Castigará a los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma.
A quienes, por cualquier medio, alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas.
La intención de la ley es loable, pero todos los días vemos o conocemos de actos que, aparentemente, son legítimos pero que en realidad encubren una discriminación.
Son ejemplos de discriminación las mujeres que comunican su embarazo a sus empleadores quienes inventarán una causal totalmente ilegítima para despedirla, los enfermos de sida que también en muchos casos son despedidos cuando sus empleadores se enteran de su mal, etc.
Quizás esté dentro del ADN de cada individuo y sea imposible desterrarla, por más leyes que se dicten. Habrá que aprender a convivir con ella.

por Dr. Andrés Rosso

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viernes, 28 marzo, 2025

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